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¿En qué consisten los Servicios de Seguridad Privada?

Artículo  244 Ley del SESP.

 Los servicios de seguridad privada tienen por objeto la protección, vigilancia o custodia de personas, lugares, establecimientos o bienes fuera de las áreas públicas y los que sean organizados de manera interna y para su propia seguridad.

La regulación de los servicios de seguridad privada en México está claramente establecida en diversas normativas, como lo indican el Artículo 244 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública (SESP) y el Artículo 28 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública.

El Artículo 244 de la Ley del SESP define que los servicios de seguridad privada tienen como objetivo principal la protección, vigilancia o custodia de personas, lugares, establecimientos o bienes, siempre fuera de las áreas públicas y, en algunos casos, organizados internamente para la propia seguridad de la entidad o empresa.

Por su parte, el Artículo 28 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública establece las responsabilidades de la Dirección General de Registro y Control de Servicios de Seguridad Privada (DGRCSSP), que se encarga de coordinar los trámites necesarios para la autorización, revalidación o modificación de dichos servicios, solicitados por personas físicas o morales. Además, este artículo indica que la DGRCSSP tiene la facultad de imponer sanciones como amonestaciones, multas, suspensiones temporales, cancelaciones y clausuras en caso de incumplimientos.

En conjunto, estas disposiciones reflejan la importancia de contar con una regulación estricta y clara para los servicios de seguridad privada, con el fin de garantizar su adecuada operación y el cumplimiento de las normativas establecidas.

¿Quiénes pueden proporcionar los servicios de Seguridad Privada?

Las personas físicas o morales que cuenten con una autorización han logrado cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública (SESP) y en el Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada del Estado.

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